Foto de Ángulo Bajo de la Torre de Transmisión Gris
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Rajasthan IV 4B Power Transmission Limited, UNA Subsidiaria de Propiedad Absoluta de Dineshchandra R. Agrawal Infracon Private Limited, ha presente una peticiónica Ante la comisiónica Reguladora Central de Electricidad para una una licencia de transmisión. El Proyecto Inmmite Establecer El Sistema de Transmisión para la Evacuación de 3.5 GW de Energía Renovable de Rajasthan Zona de energía renovable Fase-IV (parte 4: parte b) en una base de construcción, propia, operación y transferencia.

El Proyecto Comprenda una Infraestructura Crítica que inclúye una Nueva Subestacia de 765/400 kV en Merta-II, Subestaciones Interconectadas de Alto VoltaJe a Subestaciones Barmer-I, Beawar y Dausa, y Provisiones para un UNA FUTURA ESPAND. El Peticionario Tiene como objetivo Encargar TODO El Sistema SimultáneAmenta ADO la Utilidad Interdependiente de sus Elementos, Con la Finalización Dirigida Dentro de Los 24 Meses A Partir del 30 de Diciembre de 2024.

Una preocupacia IMPORTANTE DURANTE LA Planificación del Proyecto involucra un los propietarios y agricultores que se oponen a la Colocacia de Línas de Alta Tensión A Través de SUS Tierras. INICIALME, LAS Partes Afectadas Presentaron Objeciones. Embargo del pecado, El Petionario Responder Asegurando la Adherencia A Las Disposiciones legaliza Bajo la Ley de Electricidad y Las Reglas relevantes. SE Celebór una reunión con los Objetores en la Oficina de Gurugram del Petionario, lo que lllevó a un acuerdo mutuo d. Todas Las Objeciones Fueron Retiradas Formalmente A Través de declaraciones Juradas, Borrando una ruta para la Ejecución del Proyecto.

El Sistema de Transmisión SE Selecionó A Través de Un Proceso de Licitación Competitivo Transparente y Basado en la Tarifa Coordinado Por Recoment Power Development and Consultancy Limited, Notificado por El Ministerio de Energía. EL PROCISO DE LICITACIÓN ATRAJO LA Participación de ACTORES DE ACTORES DE CUATRO: Adani, Power Grid Corporation, Sterlite y Dineshchandra R. Agrawal Infracon Pvt. Ltd., Con este Último emergente como el postor Más Bajo, Citando Cargos de Transmisión de ₹ 5,556.25 Millones Desespués de Una Subasta Inversa.

Dispués de la Oficta Exitosa, Dineshchandra R. Agrawal Infracon Pvt. Ltd. adquirió 100% de capital en Rajasthan IV 4B Power Transmission Limited Y Firmó El Acuerdo de Servicio de Transmisio Requerido Con Ctuil. SE Proporcionaron las Garantías de Rendimiento Resadoras, y la Solicitud de la Licencia se presente de Debidamé de la Cumplimiento con respeto a la Publicación, la Notificación de las Partes Interesadas y LAS Objeciones públicas.

La Comisión observó que el peticionario cumplió todos los requisitos reglamentarios bajo las regulaciones de licencia de transmisión, 2024, y había demostrado la adherencia a los procedimientos legales, las normas técnicas y los protocolos de participación de las partes interesadas. En particular, la conectividad aguas arriba y aguas abajo para el proyecto está Bien alineada, Contras subestaciones en Barmer-i, Beawar y dausa en construcción.

La Comisión Reconoció la importancia Nacional del Proyecto en el apoyo a la integración de energía renovable y emitió instrucciones para publicar un aviso público que invita a más sugerencias u objeciones. SUJETO A RESPUESTAS ADVERSAS, LA COMISIÓN SE INCURNA A OTORGAR LA LICENCIA DE TRANSMISION Y LLEVARÁ EL ASUNTO MÁS LEJOS EL 22 DE ABRIL DE 2025.

El Petionario ha Asegurado que la implementación de la implementación Se Llevará A Cabo Utilizando Materiales Internacionales de Grado Utilidad y Estándares de Ingeniería, Cumpliendo con las esperas de Confiabilidad, Calidad y Puntualidad. El Caso Marca un Paso significativo para fortalécer la infraestructura de transmisorio de energía renovable en la India, especial de las zonas de alto potencia de rajasthan.

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La Comisión Reguladora Central de Electricidad (CERC) ha emitido el Borrador de la Cuarta Enmienda a la conectividad y el Acceso General de la Red A Las Regulaciones del Sistema de Transmisio Interestal, 2025. Flexibilidad de la Conectividad y La Programació de las Estatos generadoras de Energía Renovable (reg) y los Sistemas de Almacenamiento de Energía (ESS) en la India. La enmienda, que enverá en vigencia un partir de la fecha de su publicación en la gaceta oficial, introducir varias dispositivos de claves que tienen como objetivo racionalizar los procesos, roles de definición más Claramento y mejorar ele de fuente deergía renovables en el renovables.

La Enmienda presenta el Concepto de «Entidadas con Acceso Restringido». Estos hijo regs o ess cuyos derechos de programación de inyección se limitan a las horas solares o al horario no solar del día. Las Horas Solares y Las Horas no Solares Serán Declaradas Semanalmento por el Centro Nacional de Compation de carga (NLDC), Basado en la Insolacia Solar anticipada en Cada Estado. ESTA CLASIFACIÓN AYUDARÁ UN EQUILIBRAR LA INYECCIÓN DE ENERGIA EN LA RED DISPONIENTO DE LOS PATRONES DE GENERACIÓN DE FUENTES SOLARES Y SIN SOLARES.

Uno de los Principales Aspectos Destacados de la Enmienda es la adición de la Regulacia 5.2a, que establecia Condicaciones especies para la Capacidad de Generación Adicional. Los desarrolladores que buscan capacidad adicional deben proporcionar las garantías bancarias requeridas y las fechas programadas de operación Comercial, particular para proyectos regs o ess. ESTOS Proyectos Deben ser Comisionados Dentro de los 18 Meses Posteriores a la Aprobacia, por defecto que sus aprobaciones pueden ser revocadas.

Se Han Realizado Cambios Adicionales en la Regulación Sobre los desarrolladores de Park de Energía Renovable, lo que Les exige que proporcionen la fecha fecha de operación de operación de las estatos de las estatos de generacía antes de que se les otorgue CONECTIVIVIDAD FINAL. También se Requiere que los promotores presentados Detalla de Acionistas, Asegurando una alcalde Transparencia y Responsabilidad.

La enmienda introduce una nueva regulacia 5.11 que se o ocupa de la conectividad de accesso restringido para regs y rhg (Estaciones de generaciónica híbrida renovable). Proporciona casos en los que se proyectos basados ​​en el viento o el es pueden buscar conectividad durante las horas no solares, comparto bahías terminales en subestaciones ists conotras regs que usan la misma bahía dura durante las horras solares. La Regulacia incluye Ejemplos Claros Para Mostrar Cómo se Aplicarán Los Derechos de Programación Durante los Períodos Solares y No Solar.

También establecia que las entidades existentes existentes con conectividad para fuentes solares se reclasificarán Bajo Acceso Restringido Si Su Capacidad No Solar es de 50 mw o más. Si es de Menos de 50 MW, Tales Entidas no se consideran para la conversión de Accesso Restringido. Además, la enmienda permita que los rhg con una combinación de la energía solar, viento y es programa de la energía durante las horas solares y no solares en función de la composiciónica de su capacidad.

Un aspecto significativo de la enmienda es la introducción de modalidadas detalladas para comparto infraestructura de transmisorio dedicada. Este incluido Acuerdos Entidados para Los Los Derechos de Costo y Uso, Así DIRECTRICES DE COMO PARA RESOLVER DISPUTAS BASADAS EN LOS COSTOS DE CAPITAL DE REFERENCIA Publicados por la Agencia Nodal.

La enmienda también agrega dispositions relaciones con los cambios en los patrones de participante Accionaria. Restringe los promotores de transferir el Control de la Compañía del Proyecto Hasta la Fecha de Comercial de Operación. Cualquier Cambio Debe Ser Aprobado por la Agencia Nodal y Notificado a la Comisión. Las violaciones Pueden resultante en la revocación de la conectividad y el Cobro de las Garantías Bancoarias.

La enmienda requiere que nldc Publique horario semanales de horas solares y no solar para cada estado y los realice en función del clima o las condiciones imprevistas. Las entidas de las que se encuentran en accesso restringido también deberán nombrar un generador de lideraz o una agencia de coordinación calificada (QCA) para la Programación y el Cumplimiento del Código de la Red.

Estas realizaciones reguladoras tienen como objetivo crear unsistema más organizado y flexible para gestión la creciente contribuyó de la energía renovable a la roja al tiempo que garantiza la justicia, la eficiencia y la confiabilidad.

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LA Solar Energy Corporation of India (SECI) Presentó una Petición Bajo la Sección 63 de la Ley de Electricidad de 2003, Buscando la AprobacioNón de Cerc para la Tarifa de 630 MW de Energía Firme y Abachable de Proyectos de Energía Renovable Conectadas al Sistema de Sessión Intermedsi (ISts. La petición también Solicitó la aprrobación de un margen Comercial de ₹ 0.07 por kwh para que las compres componías de distribución pagaran según las pautas emitidas por el ministerio de energía.

Seci, Que Actuaba Como la Agencia de ImplementAción de Energía Renovable, Inició el Proceso de Licitación Siguiendo las Pautas Notificadas El 9 de Junio ​​de 2023 por el Ministerio de Energía. ERA DEL OBJETIVO ADQUIRIR ENERGIA RENOVABLE CON ALMACENAMIENTO DE ENERGIA PARA GARANTIZAR EL SUMINISTRO DE ENERGIA FRIME Y DESPARTABLE. El Proceso involucra un Sistema de Licitación Competitivo Basado en la Tarifa, y Seci emitió una Solicitud de Selección (Rfs) El 9 de Junio ​​de 2023 Por 1.260 MW de Proyectos de Energía Renovable. Sin embargo, una enmienda redujo la capacidad a 630 MW.

El Proceso de Licitación Competitivo Recibio Cinco Ofertas Por Un Total de 780 MW, De Las Cuales 630 MW Fueron Otorgadas A Cinco Compañías: Vena Energy Aura Private Limited, Hero Energy Private Limited, JSW Neo Energy Limited, Solutions Solutions CLIEMUTIONES PRIVADO LIMITADO, Y SERENTICA RENEDENABLES INDIA 11 Private Limited, Hero Energy Limited, JSW Neo Energy Limited, Solutions Solutions Private Solutions Private Limited, Y SerentAnable India 11 Private Limited. Las Tarifas Finales Descubiertas en la Subasta Variaron Desde RS. 4.98 por kwh a Rs. 4.99 por kwh. El Poder Está Designado Para La Venta A BSes Rajdhani Power Limited (BRPL), BSES Yamuna Power Limited (BYPL) Y Gift Power Company Limited (PCL de regalo).

La Peticióné de Declaró que el Proceso de Selección Se realizó de Manera Transparente y Se Adhirió a Las Pautas. Seci emitió Cartas de Premio (Loa) A Los Postes Seleccionados el 7 de Agosto de 2024, LUEGO DE LA ACTACIÓN DE LA TARIFA DESCUBIERTA POR Las Entidadas de Compra. Sin embargo, Brpl y Bypl no habían firmado los Acuerdos de Venta de Energía (PSA), lo que provocó que se seci Busque Utilides de distribución alternativa alternativa para la capacidad asignada.

La Comisión Revisó la Peticiónica y Verificón que el Proceso de Licitación se Realizó Según Las Directrices. Señaló que la Tarifa Descubierta era razonable y alineada con las tendencias del mercado. La Comisión, Por Lo Tanto, Aprobó la adopción de la Tarifa para los Proyectos de 630 MW, Sujeto A los Acuerdos de OBSENCID DE SECI PARA LA CAPACIDADAD OTORGADA.

Además, La Solicitud de Seci de Un Margen Comercial de ₹ 0.07 por kwh SE Consideró en línea con las regulaciones de las licencias Comerciales. Sin embargo, se afirmó que si seci no proporciona un acuerdo de depósito o una Carta de Crédito irrevocable, el margen comercial se limitaría a rs. 0.02 por kwh.

La Orden Enfatizó el Cumplimento de Los Mecanismos de Seguridad de Pago, incluido el requisito de una Carta de Crédito Giratorio equivalente al 110% de la fábrica de la fábrica. También describe las disposiciones de las disposiciones relacionales con los términos de pago, la resolución de disputas y las sanciones por retrasos en la implementación del proyecto.

La Decisión Refuerza el Compromiso del Gobierno con la adquisiciónica de Energía renovable firme y desesperado. También Destaca la Importia del Almacenamiento de Energía para Garantizar la Confiabilidad y la Estabilidad de la Red. Con Esta Aprobación, Seci Continuará Su Papel de Intermediario, Facilitando la adopción de Energía renovable y garantizando los acuerdos de suministro de energía a LARGO PLAZO CON LAS COMPAÑÍAS DE DISTRIBUCUÓN.

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NTPC Limited Presentó una Petición Para la Aprobación de una Tarifa para la compra de 3.000 MW de Energía renovable de proyectos conectados al sistema de transmisioN interesante. El Proceso de Selección se realizó un Través de un Mecanismo de Licitación Competitiva Bajo las Pautas emitidas por el Ministerio de Poder. La Licitación Se Llevó a Cabo A Través de Un Proceso de Licitació Competitivo Internacional Seguido de Una Subasta Inversa Electónica.

Varias Compañías participaron en el Proceso de Licitacia, Con la Capacidad Total de Oficinas de Todos Los Licitadores Calificados que Alcanzan 1.980 MW. Dispués de la Evaluació, se finalizó un total de 1.530 MW para la asignación. La Capacidad Restante de 54 MW SE Ofreció Al Último Postor en el Proceso de Selecció, Pero la Oficta Fue Rembrazada. Como resultado, la capacidad de la capacidad adjudícula se Mantuvo en 1.530 MW. Las componías seleccionadas recibieron Cartas de adjudicacia y seperaba que celebraran acuerdos para la compra y vala de energía.

Durante Las Audiencias, NTPC Confirmó Que El Proceso de Licitación Se Realizó de Manera Transparente. SE Presentó una certificación del comité de evaluación de la Oficta, confirmando el Cumplimento de las Regulaciones y la Razonabilidad de la Tarifa Descubierta. Ntpc también proporcionó actualizaciones de las discusiones solaras de confies públicos estatales y compensías de distribución para acuerdos de vala de energía.

El CERC (Comisión Reguladora Central de Electricidad) Revisó la Peticiónica y Verificó el Cumplimento de Las Pautas Necesarias. Estaba Satisfecho de Que El Proceso de Licitación Siguió Un enfoce Transparente y Competitivo, lo que condUJO a un descuBrimiento arancelario justo. Como resultado, la comisión aprobó la Tarifa, sujeto a Los Acuerdos de Finalización de Ntpc Con Las Entidas de Distribución.

NTPC También Buscó la Aprobacia para un margen Comercial de ₹ 0.07 por kwh. La Comisión dictaminó que si bien el margen comercial generalmente se determina a través del acuerdo mutuo si NTPC no proporciona mecanismos de seguridad financiera, como un acuerdo de depósito en garantía o una carta de crédito incondicional, el margen de negociación se Limitaría A ₹ 0.02 por kwh. Decisiones de Con Estas, La Petición Fue Concluyada y Eliminada.

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Indosol Solar Private Limited presentó una petición ante la Comisión Central Reguladora de Electricidad (CERC), solicitando aprobación para presentar un Instrumento de Pago al Pedido (POI) emitido por la Agencia India de Desarrollo de Energías Renovables (IREDA) en lugar de una garantía bancaria. para la conectividad según la Ley General. Reglamento de acceso a la red (GNA), 2022. La empresa está desarrollando un proyecto solar de 3500 MW en Andhra Pradesh y había solicitado esta alternativa citando flexibilidad financiera.

La empresa argumentó que los POI, respaldados por entidades del sector público como IREDA, tienen el mismo propósito que las garantías bancarias, ofreciendo seguridad para la capacidad de evacuación y los cargos de transmisión. Indosol destacó que la obtención de garantías bancarias impone una doble carga financiera, ya que requiere pagos por adelantado tanto para las contragarantías como para las garantías bancarias. La empresa citó precedentes en los que se aceptaron instrumentos similares en proyectos de energía renovable.

La Central Transmission Utility of India Limited (CTUIL), uno de los encuestados, se opuso a la propuesta, afirmando que el Reglamento GNA exige explícitamente garantías bancarias emitidas por bancos registrados. CTUIL destacó que los POI carecen de la inmunidad jurídica prevista para las garantías bancarias en virtud del Código de Insolvencia y Quiebras (IBC). Además, argumentó que tal sustitución socavaría la solidez del marco regulatorio.

CERC revisó los argumentos y encontró que las Regulaciones GNA actualmente no reconocen los POI como una alternativa a las garantías bancarias. La Comisión señaló que si bien los POI han sido aceptados en ciertos contextos, su aplicabilidad e inmunidad bajo el IBC son limitadas en comparación con las garantías bancarias. CERC afirmó que cualquier cambio en las regulaciones requeriría una evaluación cuidadosa y modificaciones para garantizar el cumplimiento de los marcos legales y financieros.

Como resultado, la Comisión rechazó la petición de Indosol de utilizar POI en lugar de garantías bancarias. Sin embargo, reconoció los desafíos financieros que enfrentan los desarrolladores de energía renovable y ordenó a su personal que explorea instrumentos alternativos que pudieran brindar una seguridad adecuada sin comprometer la integridad regulatoria. El asunto podrá revisarse mediante enmiendas formales al Reglamento del GNA.

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