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La Comisión Reguladora de Electricidad de Maharashtra (Merc) ha emitido una orden que aborda el Cumplimento de las obligaciones de compra renovables (rpo) por los consumidos de 2019-20. Según las Regulaciones RPO de 2010 Y 2016, LOS Licenciatarios de Distribución, Los Consumidos de Accesso Abierto y Los Usuarios Cautivos Debí Obtener Un Cierto PorcentajeJe de Su Energía de Fuentes Renovables. La Orden Detalla El Proceso de Verificación Realizado por la Comisión para Garantizar Que se Cumplan Estas obligaciones.

Según las Regulaciones, Las entidades de las Accidadas de LAS Debíe Cumplir Anualmento los Objetivos Rpo solar y no solar. Sin embargo, debido a los desafíos en la implementación y la falta de mecanismos de monitoreo adecuados en los primeros Años, la comisión iniciónica un proceso de verificación para problemas objetivos. Meda, La Agencia Nodal, Presentó datos de Cumplimento de Rpo Consolidados, y la comisión emitió avisos a entidades interesadas que buscan la conciliacia del consumo y los datos de adquisición renovable.

En Total, 90 Consumidores de Acceso Abrerto Respondieron Con Presentaciones, Y DESPUÉS DE ASUDAS Y AUDIENCIAS PUBLICAS, LA COMISIÓN REALIZÓ UNA VERIFIÓN EN LOS CASOS. SE Descubrio Que Algunas Compañías, Como Amba River Coke Ltd. (UNA Subsidiaria de JSW Steel), Tenía -Déficit Rpo Debido A Un desajuste en Los Datos Datos de Energía y La Falta de Cumplimiento de Objetivos A Fuentes de Fuentes Renovables. La Comisión Instruyó A Tales Entidadas para que Cumplan SU -Déficit Acumulatuas para El Año Fiscal 2025–26.

Por otoR Lado, Compañías como JSW Steel Ltd., Que Operan Sus Propias Instalaciones de Cogeneración, Estaban Exentas del Cumplimento de Rpo Bajo una Sentencia de 2021 Aptel. La Comisión Aclaró que la exención de jsw acero se aplicó Mientras la Energía de la Cogeneración excediera los Objetivos Rpo y Destacó este Asunto Está Realmentte Bajo RevisorioN por la Corte Suprema.

OTRAS COMPRAÑÍAS, INCURIDA PUDUMJEE PAPER PRODUCTS LTD., FUERON ENCONTRADAS CUMPLIENTO E incluso Tenía Créditos de Energía Renovable Excedente. La Comisión Permitió que Estas Entidas Llevaran Adelante el Excedente A Los Futuras Años de Rpo. Viraj Perfiles Pvt. Ltd. Citó la suspensión del Comercio REC y la Pandemia Covid-19 como Razones para el incumplimento y Solicitó el Tiempo Hasta 2025 para cumplir con las obligaciones. La Comisión Atceptó dicho Razonamiento y Extendió la Línea de tiempo al año fiscal 2025–26 para Todas las entidas.

La orden también instruyó a meda a trabajar con los licenciatarios de distribución para mejorar la recopilacia y los informes de datos. Se le ha pedido a meda que proporCione un informe de Cumplimiento consolidado que hace referencia a una orden anterior de 2018 dentro de los tres meses y realice talleres para educar a lastidadas obligaciones de las obligaciones de las órgadas de la cúbica de cumiento en lína. La Comisión Dirigió a Todas las entidades con confit de rpo Durante el Año Fiscal 2014-15 Al Año Fiscal 2019–20 Para Cumplir Antes del Año Fiscal 2025–26 y Permitió Que la Adquisicion de Excedentes o recolectores Se Llevara Adelante. El CASO SE Cerró Oficialme Con Estas Directivas.

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M/s Carborundum Universal Limited (CUL), parte del Grupo Murugappa, Presentó una Peticiónico Ante la Comisión Reguladora de Electricidad del Estado de Kerala en Busca de Instruciones Para La Concesión de Un Certado de No Objeción (Noc) o La El Eliminación Permanente Del Kester Toer (Kseb Ltd), Especiale Su Centro de Despaco de Carga (SLDC). Esta autorización Esencia para que acreda a la energía baJo la ruta temporal de acceso a la rojo general (t-gna) desde una planta de energía solar en rajasthan, propiDad de grian energía privada limitada, con quien culó un acuerdo de compra deergía aargo a largo plaga (pppa) Bajo Modo Cautivo.

Cul declaró que Ha Cumplido Con Todos los requisitos Reglamentarios Necesarios Al Solicitar el 16 de Octubre de 2024, incluidos Todos los detalla técnicos y contractuales relevantes. Sin embargo, el Sldc Negó la Solicitud el 1 de Noviembre de 2024, Citando la Ausencia de Un Mecanismo formal de Liquidación de Desviación (DSM) y la Falta de Sistemas Automatizados para los cuentos del administrador para los transacciones de acceso abianerto.

Cul Argumento de que Estas Razones No son Válidas que seas Pro Procedimientos Existentes Bajo las Regulaciones de KSERC 2013 YA Permense Tales Transacciones, y Se Ha otorgado Accesso Abiore en Cosos similares Para Transacciones Colectivas A Travanos de Intercambios de Intercambiar. La Compañía Enfatizó Que la Negación Estaba Causando Una Pérdida Financiera Significativa Y Era de Naturaleza Discriminatoria.

KSEB LTD, EN RESPUESTA, Declaró que Cul no había presentado una solicitud adecuada con las tarifas requeridas y plantaó dudas Sobre el estado cautivo de la planta solar. También Señalaron La Falta de Infraestructura de Programación y Regulaciones DSM Adecuadas en El Estado. KSEB advirtió Que Permitir Tales Transacciones Bilaterales Sin Estos Sistemas Podría Comprometer La Estabilidad de la Red y conducir a Cargas Financieras en otros consumores.

La Comisión Revisó el Caso y Señaló que el Acceso Abierto es un Derecho Bajo la Ley de Electricidad de 2003. Aclaró que los Sldc Solo Podía negara la eliminaciónonón de la permanente en la inexistencia de la infraestructura o la falta de la Capidada de transmisión de la transmisión de la transmisión. Cuales SE APLICABA EN ESTE CASO. Se descubrio que sldc no pudo señalar defectos especificios en la aplícición de cul y no siGuió los plazos adecuados según lo ordenado por las regulaciones.

La Comisión Ordenó A Sldc que Comunique Cualquier Defecto de Solicitud y Tarifas REQUERIDAS Dentro de Los Tres Días. Cul Debe Volver un enviar la aplicoón dentro de los dos dias, desespués de lo cual sldc Debe actuar dentro de la línea de tiempo especificada en las regulaciones. Si sldc no responde dentro del tiempo prescrito, la autorizacióa se considicará otorgada.

Además, la comisión advirtióe a kseb y sldc que la negación del acceso abierto por motivos de procedimiento, como la falta de un dsm, se consideraría incumplimento y podría invitar a la acción. También Criticó al Comité de Coordinacia por no Actuare Sobre la disputa a Tiempo y Solicitó una mejor Responsable.

Finalmento, Aunque no decidir si la planta califica como una planta de energía cautiva (cpp) o productor de energía independiente (IPP), la comisiónón de Señaló dicha Clasificación solo afecta los cargos, no la obligación de otorgar acceso. Decidió que no se Permitiría una banca o potencia para las -las transacciones intereses.

La peticiónica se eliminó con instrucciones para garantizar el acumuliente y mantenero los derechos del consumidor según las leyes existentes.

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