La Comisión Reguladora de Electricidad de Uttar Pradesh recibió una peticiónica Bajo la Sección 86 de la Ley de Electricidad de 2003 Para La Aprobación de los documents de Licitación y El Acuerdo de Compra de Energía (PPA) para La Adquisición de 110 Mwí. ESTA ENERGIA SE Generará A Partir de dos Parques Solares Que se Desarrollarán en Kanpur Dehat (75 MW) Y Kanpur Nagar (35 MW) Bajo Los Parques Solares y El Esquema de Proyectos de Energía Ultra Mega Mega por el Ministerio Deergía nuevo y Renovable (Mevable).
El Petionario Solicitó la Aprobacia de la Solicitud de Selección (RFS) y El PPA, incluidas las desviaciones propuestas. El Mnre Ya Había DADO la Aprobacia en el Principal para el establecimiento Ambos Parques Solares A Través de Su Carta Con Fecha 01.02.2024. Los Parques Solares Serán Desarrollados por Lucknow Solar Power Development Corporation Ltd. (LSPDCL), UNA Empresa Conjunta de Upneda y Seci. LSPDCL Actuará Como Desarrollador de Parques Solares y Agencia de Implementación.
Lspdcl ya ha desarrollado 365 mw de parques solares en otros Distritos, y uppcl está obteniendo Toda la Energía. Para Los Proyectos de Kanpur Dehat y Kanpur Nagar, LSPDCL HA ASEGURADO TIERRAS Está en Progreso El Trabajo de Cercas Límite. UPPCL También ha DADO Su consentimiento para Obtener Los 110 MW completar de potencia generada.
Los desarrolladores Seleccionados Recibirán El «Derecho a Usar» de la Tierra y Pagarán Un Cargo de Desarrollo Inicial Único de ₹ 13 lakh/mw para kanpur dehat y ₹ 14 lakh/mw para kanpur nagar. Lspdcl desarrollará la infraestructura necesaria, incluidas las línas de evacuación, las subestaciones y las carroteras de aproximación. La Evacuya de Potencia Ha Sido Encontrada Técnicamento factible por upptcl a Través de Subestaciones Identificadas.
Los Proyectos se selecionarán a Través de un Proceso de Licitació Competitiva (TBCB) Basada en la Tarifa. La Licitación Tenderá Lugar A Través del Portal de Licitacia Electrónica de Bharat. Cadada Proyecto se Otorgará Complete un posor de la ONU, Sea por Capacidad de 75 MW o 35 MW. No se ha solucionado ninguna tarifa de techo, y las oftas se evaluarán en la función de la tarifa Citada más Baja. El factor Mínimo de utilización de la capacidad REQUERIDO (CUF) SE establecia en un 17%, en línea con las normas recientes de licitación solar.
Los postsores deBerán Cumplir con los criterios financieros, como patrimonio neto de ₹ 80 lakh/mw y grupo de la capacidad de la capacidad a Través de la facturación, la generacióna de recursos -internos o una lísea de crédito de los bancos. CADA DESARROLLADOR DE LA DESPECTARIO ₹ 20 lakh/mw como Garantía del Banco de Rendimiento. Los Proyectos Deben Ser Comisionados Dentro de los 24 Meses Posteriores a la Firma del PPA. Los Módulos y Celdas Seleccionadas Deben Cumplir Con la Lista Almm emitida Por Mnre.
La Comisión Aprrobó las desviaciones propaciones por el Petionario en la Estructura de Licitación y El Método de Evaluació de Tarifas. Ordenó A Upneda que Formara Un Comité de Evaluacia de Ofertas, final de la proceso de Licitació de Inmediato y Abordar la Comisión para la Aprobaciód Del Ppa. Con este, la peticiógica ha sido Eliminada.