La investigación antidumping relativa a las importaciones de células solares, ya sean ensambladas en módulos o convertidas en paneles, procedentes de China se inició con la notificación F. N° 6/26/2024-DGTR del 30 de septiembre de 2024. Esta investigación Tiene como objetivo determinar si los productos importados de China se venden a precios injustos en la India, perjudicando a la industria nacional de células solares. Se invita a las partes interesadas a presentar comentarios o sugerencias sobre el alcance del producto considerado (PUC) y la metodología del número de comparación de productos (PCN). Inicialmente, el plazo para presentar comentarios se amplió hasta el 29 de octubre de 2024.
El 19 de noviembre de 2024 se celebró una reunión donde representantes de la industria nacional y otras partes interesadas presentaron sus puntos de vista sobre el alcance de la metodología PUC y PCN. Después de esta reunión, las partes favorables presentaron comentarios antes del 25 de noviembre de 2024, que fueron revisados por la Autoridad. Se aclaró que el objetivo de la investigación actual es definir el alcance de los productos considerados. Esto incluye revisar cualquier solicitud de exclusión, como la exclusión de “TOPCon Cell”, que ha sido denegada por la industria nacional, porque afirman ofrecer un producto similar. Por lo tanto, “TOPCon Cell” sigue siendo parte de la investigación por ahora. La Autoridad continuará revisando dichas solicitudes de exclusión durante el proceso de investigación.
El alcance del producto investigado sigue siendo el mismo que se describe en la notificación de inicio. Incluye células solares y células fotovoltaicas, ya sea ensambladas en módulos o paneles, producidas con tecnología de silicio cristalino (c-Si) o de película delgada. Los módulos o paneles solares fabricados a partir de estas células también forman parte de la investigación. Dentro del alcance se encuentran tanto las células solares monocristalinas como las multicristalinas, junto con las producidas con tecnología de c-Si y de película delgada. Las células solares, también conocidas como células fotovoltaicas, convierten la luz solar en electricidad mediante el efecto fotovoltaico y, por lo general, están conectadas para formar paneles solares, que a su vez se conectan para formar paneles solares para la generación de electricidad a gran escalada.
Las mercancías objeto de investigación están clasificadas en el Capítulo 85 de la Ley del Arancel de Aduanas, en las fracciones arancelarias 8541 4200 y 8541 4300. Si bien la clasificación aduanera proporciona orientación, no es definitiva para el alcance del producto considerado.
En cuanto a la metodología de los NCP, algunos productores y exportadores sugirieron crear NCP separados basados en los tipos de productos reconocidos por el Departamento de Comercio de Estados Unidos. Sin embargo, estos exportadores no proporcionarán pruebas suficientes para demostrar que la diferencia de costos entre los tipos de productos era superior al 5%, lo cual es necesario para justificar la creación de NCP separados. Como resultado, esta sugerencia no fue aceptada por la Autoridad. Algunos exportadores también propusieron crear PCN basados en el tipo de tecnología utilizada en la producción de células solares. Sin embargo, la industria nacional aclaró que no produce módulos que utilicen tecnología c-Si y que no importa ni produce celdas con tecnología de película delgada. En tales casos, se considera para comparación el artículo que más se asemeje a la mercancía importada.
Los PCN se han definido en base a tipos de productos que presentan una diferencia de costes superior al 5%. Sin embargo, ninguna parte interesada ha demostrado que existe una diferencia de costos de más del 5% dentro de los tipos de productos que justificaría NCP separados.
Finalmente, todas las partes interesadas deben enviar sus respuestas al cuestionario sobre el alcance del producto y la metodología PCN antes del 4 de enero de 2025. No se concederán más prórrogas, ya que la investigación debe completarse dentro de un plazo establecido. El aviso final sobre la metodología PCN ha sido emitido con la aprobación de la Autoridad Designada.